Cuando los niñ@s no vienen de París.
Los contenidos de esta sección están extraídos del libro de Marga Muñiz Aguilar, "Cuando los niñ@s no vienen de París".
Una extensa y documentada guía para las familias adoptivas y profesionales del mundo de la adopción.
Si deseas comprar un ejemplar puedes hacerlo desde Amazon

Ética y Adopción
Aunque la mayoría de los colectivos involucrados en los procesos de adopción actúan bajo criterios éticos y morales indiscutibles, no es menos cierto que también existen profesionales y funcionarios poco celosos en el cumplimiento de su deber, ECAIs que ven en las adopciones internacionales la posibilidad de lucro personal, familias en los países de origen, en situaciones de vulnerabilidad, que renuncian a sus hijos por distintas circunstancias, y familias en los países de acogida a las que no les importa anteponer sus deseos de ser padres/madres frente al respeto al derecho de los niños. Todas estas eventualidades pueden convertir la adopción en un proceso que no sea honesto, limpio, y transparente, ni tenga como fin último el bien superior del menor.
Necesidad del planteamiento
Aunque la mayoría de los colectivos involucrados en los procesos de adopción (funcionarios y técnicos de la administración española y de los países de origen, ECAIs, familias adoptantes y familias biológicas), actúan bajo criterios éticos y morales indiscutibles, no es menos cierto que también existen profesionales y funcionarios poco celosos en el cumplimiento de su deber, ECAIs que ven en las adopciones internacionales la posibilidad de lucro personal, familias en los países de origen, en situaciones de vulnerabilidad, que renuncian a sus hijos por distintas circunstancias, y familias en los países de acogida a las que no les importa anteponer sus deseos de ser padres/madres frente al respeto al derecho de los niños. Todas estas eventualidades pueden convertir la adopción en un proceso que no sea honesto, limpio, y transparente, ni tenga como fin último el bien superior del menor.
Por este motivo, según señala UNICEF, el aumento espectacular que se ha producido en los últimos años en la adopción internacional, ha generado el crecimiento desafortunado de una “industria” alrededor de la adopción.
En los países de destino, la presión de la demanda ha impulsado a determinadas personas y entidades, a dirigir sus miras a países de pobreza extrema en el Tercer Mundo, para que autoricen la salida de niños y niñas que cumplan las expectativas de los solicitantes, sin importarles el incumplimiento de las normas del Convenio de La Haya, que regula a nivel internacional las adopciones. Curiosamente, aunque muchas aparezcan registradas como asociaciones sin ánimo de lucro, reciben pingües beneficios por sus actividades.
En los países de origen, la mayoría países del Tercer Mundo o en vías de desarrollo, con estructuras políticas inestables y escasas y con poblaciones que viven en condiciones de pobreza, esta situación fomenta prácticas ilícitas por parte de quienes están en situaciones de privilegio, que van desde omitir ciertas disposiciones legales, retribuir los servicios de manera desproporcionada, falsificar documentos, sacar consentimientos con prácticas engañosas, e incluso robar niños o amenazar a mujeres embarazadas para que abandonen a sus bebés.
Todas estas circunstancias hacen necesario que se ponga luz en estas zonas oscuras de la adopción y que se haga una reflexión sobre los planteamientos éticos que deben presidir las conductas de las dos tríadas involucradas en todo proceso de adopción: familia biológica-menor-familia adoptiva y país de origen-menor-país de acogida.
En las dos tríadas, el menor es la figura central porque está unido a los otros dos miembros de manera inherente. Esto significa que el interés superior del menor no se puede alcanzar sin tener presentes los derechos de los otros miembros de la tríada. Toda adopción en la que se dañe a cualquiera de los miembros de la tríada, resultará, en una u otra forma, dañina para el menor. Por tanto, una adopción ética, que es la que busca el bien superior del menor, es aquella que respeta la dignidad y los derechos de todos los miembros de las tríadas.
La reflexión sobre esta y otras cuestiones es fundamental y necesaria tanto para las familias, como para las Administraciones, como para los profesionales involucrados en los procesos de adopción, un marco ético de referencia que permita a cada uno de los agentes implicados el alcanzar el objetivo último de toda adopción, que es el bien superior del menor.

Marco ético del menor adoptado
Tanto las familias como los profesionales que intervienen en todo proceso de adopción, deben tomar las medidas necesarias para asegurarse de que la situación de desamparo del niño/a no se deba a abusos, tráfico, venta o secuestro.
Cuando la adoptabilidad del menor es consecuencia del consentimiento de sus padres, hay que verificar que los padres hayan dado su consentimiento libremente, sin presión y sin contrapartida material o de otra índole. Dicho consentimiento (especialmente el de la madre) no se debe dar antes del nacimiento o en las primeras semanas de vida del niño/a.
Por tanto, la adopción es un proyecto de vida que sólo podrá decidirse a partir de la constatación de que la familia de origen no puede hacerse cargo del menor y de una evaluación de la aptitud del niño para insertarse en un entorno familiar de sustitución. Esto determinará su adaptabilidad psicosocial, que vendrá completada por su adaptabilidad jurídica que establece la ruptura definitiva de los lazos de filiación con los padres de origen y que tendrá que ser determinada antes de iniciarse el proceso de adopción.
En ocasiones, los ejemplos de malas prácticas en este sentido son conocidos y consentidos por una o varias de las partes involucradas, como veremos más adelante, por lo que hacen falta más mecanismos de control por parte de la Administración para evitar estas circunstancias.
Marco ético de la familia adoptante
La adopción es un derecho del menor que necesita una atención parental de sustitución permanente. Tiene como objetivo principal brindar a un niño que ha experimentado situaciones traumáticas (entre ellas el hecho de que su familia biológica no haya podido cuidar de él) la familia más adecuada para suplir esas necesidades. No es un derecho de los adultos a conseguir que se les confíe un niño o niña porque así lo desean.
El menor que necesita ser adoptado es un niño/a que ha padecido graves carencias; su historia, su situación de adoptado y a veces sus rasgos físicos, en caso de adopciones interétnicas, lo hacen diferente. La familia que lo prohije no debe aumentar sus diferencias o sus carencias, sino ofrecer o revalorizar las referencias maternas y paternas que le han faltado o lo han perjudicado, cumpliendo una función reparadora y asegurándole un entorno que pueda facilitar su integración social. Es indispensable, por tanto, que las personas a las que se les confíe el menor sean capaces de asumir estas responsabilidades, teniendo la habilidad de hacer frente a las dificultades específicas de la relación familiar adoptiva. Por tanto, es preciso reconocer previamente la idoneidad de la familia adoptiva para confirmar o descartar la elegibilidad de dicha familia para adoptar, elegibilidad que es el objetivo del Certificado de Idoneidad y que es un requisito previo a la adopción del menor.
La detección de certificados de idoneidad y estudios psicosociales fraudulentos por parte de la Junta de Andalucía en otoño de 2008 puso de manifiesto que algunas familias pretenden usar atajos ilegales, pero los menores tienen derecho a que sus procesos cumplan con todas las garantías, incluida la de que sus futuros padres sean una familia adecuada para acogerlos en su seno.
En este sentido es también fundamental que las familias solicitantes no oculten o maquillen parte de su realidad a los profesionales encargados de hacer el informe psicosocial, previo a la concesión del Certificado de Idoneidad. El número de adopciones truncadas o fallidas, que están en torno al 1%, lo cual significan unos 500 niños, indica que los CI no se dieron con las suficientes garantías o que otros mecanismos de control no funcionaron adecuadamente.
Por otra parte, algunas cuestiones que las familias adoptantes deben tener presentes para evitar situaciones de irregularidad es analizar, por ejemplo, las exigencias financieras del orfanato de donde provienen los niños. ¿Cuánto dinero piden? ¿Cómo está organizada esa institución? ¿Qué documentos acompañan la adopción? ¿Es la declaración de renuncia a la paternidad auténtica, o es una copia exacta a otras declaraciones, o sea un texto estándar? En pocas palabras, la documentación y el procedimiento en el país de origen pueden dar indicios de si se trata de una adopción irregular. Parece razonable comprobar exhaustivamente todo el proceso porque desgraciadamente hay un extendido tráfico infantil. No era éste el caso cuando estos procesos de adopción se iniciaron en los años noventa en España y en los setenta en otros países occidentales, pero la situación ha cambiado en la actualidad.
También es importante comprobar las tarifas de la ECAI y el destino de las distintas partidas, especialmente el dinero dedicado a cooperación con el país de origen o con el orfanato donde se encuentra el menor.
Todos estos datos permitirán a la familia una primera criba o control para evitar caer en manos de personas desaprensivas que, amparándose en el deseo de ser padres, los haga partícipes, a veces sin ser conscientes de ello, del engranaje que convierte un hecho feliz, como es la adopción, en un acto que atenta contra el derecho de un menor y de su familia biológica.
Marco ético de la estructura adoptante
País de origen
La adopción internacional puede dar lugar a prácticas que vulneran los derechos de la infancia reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño cuando las estructuras adoptantes, tanto en los países de origen como en los de acogida, no se rigen por principios éticos que protejan a los menores del riesgo de caer en manos de personas que, con fines lucrativos o de otro tipo, permiten que la adopción se convierta en un mercado donde el secuestro, la venta y el tráfico infantil son moneda corriente, con el consentimiento tácito o implícito de las partes interesadas.
Tenemos ejemplos en los que los países de origen han ejercido el control necesario para evitar adopciones irregulares, que es nada más que un eufemismo para encubrir términos más duros como los mencionados anteriormente, pero es necesario ser conscientes de que tales prácticas existen si queremos acabar con ellas. Veamos dos ejemplos en los que estos mecanismos de control se han ejercido, aunque demasiado tarde para impedir que algunos menores y sus familias, tanto biológicas como adoptivas, sufran las consecuencias.
En el año 2003, la Autoridad Central en materia de adopciones internacionales de Bolivia suspendió a una ECAI española, al conocerse siete casos de procesos irregulares, mientras se procedía a la correspondiente investigación. El punto principal que motivaba la suspensión estaba referido a los trámites de adopción en los que hubo “entregas directas” de niños con el consentimiento de los padres biológicos (Art. 29 de la Convención de la Haya sobre la protección del niño y la cooperación en materia de adopciones internacionales).
En el 2006, el Gobierno de Bolivia decidió suspender la acreditación de otra ECAI española, a la que acusaba de haber vulnerado el convenio de La Haya y el Código del Niño, Niña y Adolescente boliviano.
La investigación del caso involucraba a una jueza de la ciudad de Sucre y a la representante en Bolivia de la ECAI, así como al abogado de la misma. Mientras las dos primeras negaron las acusaciones, el abogado admitió el delito de haber sobornado a la jueza para obtener autorización de adopción sin previo cumplimiento de los requisitos legales.
Las autoridades bolivianas señalaron que la ECAI española venía intermediando adopciones internacionales en Bolivia desde 2002, teniendo como antecedentes varias denuncias de irregularidades en su desempeño institucional.
También se cita a su vez una resolución del Consejo de la Judicatura del 19 de Agosto de 2005 en la que se declaraba probada una denuncia contra la jueza, por haber favorecido adopciones promovidas por esta ECAI a cambio de dinero y regalos. La Fiscalía imputó a la jueza por la comisión de cohecho pasivo propio, uso indebido de influencias y beneficios en razón de cargo.
El documento concluye que esta ECAI española “no cuenta con la idoneidad requerida para garantizar la transparencia en el proceso de adopción internacional, puesto que éstas deben ser sustanciadas en función superior del niño y no en función de lucro”.
Aunque China tiene fama de ser un país donde las adopciones son limpias y transparentes, motivo por el cual muchos de nosotros optamos por ese país, la tentación y su consecuencia, la corrupción, no conocen fronteras. En 2005 saltó a la prensa la noticia de que en Hunan y Guangdong se había desmantelado una red que se dedicaba a la sustracción de bebés, que después pasaban al sistema de adopción internacional.
En un reportaje publicado por The Washington Post en marzo de 2006, se informaba de que la policía había arrestado a 27 miembros de una banda que desde 2002 habían secuestrado o comprado unos 1.000 bebés en la provincia de Guangdong y los habían vendido a orfanatos de Hunan por 400 ó 500 dólares. El periódico citaba informaciones aparecidas en la prensa estatal china y entrevistas con fuentes cercanas al caso. La primera señal de alarma de que algo no andaba bien fueron los signos de riqueza que empezaron a surgir en las personas relacionadas con el orfanato.
El tribunal que juzgó el caso condenó a tres de los traficantes a 15 años de prisión y a penas de tres a 13 años a otros seis. Veintitrés funcionarios del gobierno local de Hengyang, la ciudad centro del caso, fueron despedidos. Estos funcionarios confeccionaban los informes en los que se afirmaba que los bebés habían sido abandonados. La mayoría de los bebés fueron secuestrados a inmigrantes, pensando que estas personas, algunas de ellas sin papeles de residencia, no acudirían a la policía o ésta no les haría caso.
El CCAA aseguró que el asunto estaba siendo manejado apropiadamente y rechazó hacer ningún tipo de declaración al respecto.
En 2009 salió a la luz otro caso en la provincia de Guizhou, en el suroeste de China. Se calcula que unos 80 bebés fueron confiscados por autoridades locales de planificación familiar a familias que violaron la política del hijo único y que no podían hacer frente a la multa impuesta por el gobierno, unos 10.000 yuanes, que representaba varias veces los ingresos anuales de esas familias. Las autoridades locales de planificación familiar falsificaron la documentación para presentar a las niñas como huérfanas e insertarlas en el sistema de adopción internacional, repartiendo con el orfanato la parte del donativo obligatorio que se da en China por cada niña adoptada.
Las sospechas surgieron cuando se descubrió un fuerte aumento de las adopciones en el orfanato local entre 2003 y 2005, un descenso posterior (cuando se inició una campaña policial contra el tráfico de niños a nivel nacional) y un aumento nuevamente en 2007. Shi Guangying, uno de los responsables de las confiscaciones, aseguró al diario South China Morning Post, que se hizo eco de las denuncias, que la entrega de niñas al orfanato como huérfanas pese a no serlo era “una política del distrito cuando los padres no pagaban las multas”.
El tráfico de niños es un problema secular en China mucho antes de la llegada de la adopción internacional. Algunos niños eran vendidos para la prostitución, pero la mayoría eran comprados o secuestrados para venderlos a parejas sin hijos. En el caso de los orfanatos el negocio es mucho más lucrativo, ya que el donativo obligatorio de 3.000 dólares supone casi el doble del ingreso anual promedio en China.
Si tenemos en cuenta que del país han salido más de 80.000 niñas, puede pensarse que el porcentaje es mínimo, pero lo cierto es que un solo caso ya es demasiado. Ninguna de las familias que hemos adoptado en China o en cualquier otro país querríamos que nuestros hijos fueran uno de los casos de ese porcentaje mínimo de adopciones irregulares. Nuestro deseo es simplemente formar una familia, pero no a costa del sufrimiento de otra familia, aunque esté al otro lado del mundo y nunca lleguemos a conocerla.
Es evidente que los mecanismos de control son necesarios porque en cualquier sociedad, la avaricia y la corrupción están siempre a la puerta esperando y si la demanda de adopciones supera el número de abandonos en una zona determinada, la tentación es demasiado alta. Este es uno de los fallos que se repiten en muchos lugares del mundo: ligar ayuda humanitaria con adopciones. El riesgo es demasiado alto para obviarlo.

País receptor
La adopción es una medida social y legal para la protección de la infancia. Sin embargo, en las dos últimas décadas los fines de la adopción se han ido desviando de forma que, en muchos casos, la prioridad no es tanto proteger al menor sino ofrecer un niño o niña a una familia que no tiene descendencia. En este caso, el derecho a tener un hijo puede sustituir a los derechos de los niños, creando una fuerte demanda en los países de origen, donde ya no se busca una familia para los niños que están institucionalizados, sino que se trata de buscar niños con un determinado perfil que cumplan las expectativas de las familias adoptantes, niños que no necesitan una familia, sino que la presión ejercida sobre madres vulnerables en situaciones extremas los convierten, muchas veces a través de engaños y fraudes, en niños adoptables. En otros casos, aún más graves, se llega incluso al secuestro de menores. Quizás se pueda pensar que estos casos no serán muchos, pero uno es demasiado y el país receptor tiene su cuota de responsabilidad al no haber funcionado adecuadamente los mecanismos de control sobre los procedimientos que usan las ECAIs o los intermediarios o facilitadores en los países de origen.
A comienzos de 2007 un informe presentado al Ministerio holandés de Justicia demostró que una agencia de adopción habría antepuesto los intereses de los padres adoptivos al de los niños y habría dado en adopción a niños raptados en la India.
Según la policía, unos cincuenta niños procedentes de India habrían sido dados en adopción en Holanda sin que los padres biológicos los hubieran entregado voluntariamente. Existe un caso documentado de un niño reclamado por su familia. La policía india quería que se solicitara una prueba de ADN y que el niño se reuniera con su madre biológica, La complejidad de la situación la explicaba el profesor Rene Hoksbergen, catedrático emérito en temas de adopción de la Universidad Estatal de Utrecht en una entrevista al respecto. Según este experto, es difícil saber qué situación sería mejor para el niño. Si hubiese sido más o menos feliz en India, nadie lo puede decir. Ya hacía seis años que la criatura vivía en Holanda. Quizás devolviéndolo a India se le hiciera más mal que bien. Si es necesario estipular un régimen de visitas con los padres biológicos, o algo similar para paliar el sufrimiento de la familia biológica. Además, si los padres adoptivos pueden mostrar que se han esforzado por aliviar el sufrimiento de los padres biológicos, el proceso sería menos doloroso para el niño adoptado cuando conociera la historia.
Es evidente que el gobierno de Holanda tiene su cuota de responsabilidad en este incidente y que los mecanismos de control deben intensificarse por parte de los países receptores para que no ocurran estos hechos.
En España tenemos un caso similar con niños de Nepal. La noticia fue publicada por los periódicos. El País tituló: “Un drama lejano: los niños vendidos de Nepal”. En el artículo, la periodista relata el caso de una madre adoptante, que después de contar su caso, termina afirmando: “si tuviera que volver a empezar me aseguraría otra vez de qué niño adopto, es decir, huérfano o abandonado, y de que las personas implicadas no buscan a un niño debajo de las piedras para cubrir mi necesidad”.
En el artículo también se relata cómo a otra adoptante española, cuando fue a recoger a su hijo al orfanato, le dijeron que el niño estaba en su aldea natal. Acudió allí y se encontró con que el niño se estaba despidiendo de sus padres biológicos, cuya existencia ella ignoraba.
En total hay una decena de niños cuyos padres reclaman su vuelta a través de ONGs o a través de sentencias judiciales de su país de origen.
En un informe, “Adopción: ¿a qué precio?”, elaborado por Marlène Hofstetter para la Fundación Tierra de Hombres Internacional, se hace un estudio comparativo entre las leyes de regularización y las prácticas de adopción de seis países receptores (Alemania, España, Francia, Italia, Noruega y Suiza). En todas se observa la carencia de responsabilidades de dichos países receptores frente al rapto de menores, a la corrupción, a la presión sobre los padres biológicos o sobre autoridades locales y a la falsificación de documentos, todo lo cual favorece la proliferación de estos hechos en los países de origen. Es evidente, no obstante, que la inexistencia de una regulación al respecto no los exime de la cuota de responsabilidad que les corresponde en la comisión de dichos delitos.
El caso más reciente de falta de transparencia en los procesos de adopción es Vietnam. Mientras Estados Unidos cerraba las adopciones con ese país, debido a las irregularidades de los procesos, ese mismo año España ratificaba el convenio para que se iniciaran las adopciones por parte de familias españolas.
En un informe publicado el 25 de Abril de 2008 por la embajada americana en Hanoi, se denunciaban los métodos utilizados por los orfanatos, ávidos de recibir donaciones por parte de las agencias de adopción extranjeras, que son obligatorias según la ley del país. Estos métodos incluían falsificación de documentos, pagos a las madres biológicas, coerción o engaño para inducir a que enviaran a sus hijos al orfanato para darlos después en adopción sin su consentimiento, etc.
Las explicaciones que se dieron desde la Administración fueron que la corrupción procedía de la forma en la que operaban las agencias de adopción americanas, pero que nuestro sistema de ECAIs garantizaba la transparencia del proceso. La realidad es que una de estas entidades ya ha decidido no continuar tramitando adopciones en este país por la falta de transparencia del sistema. Además, a Estados Unidos, el país que más adopciones llevaba a cabo en Vietnam, se han unido ahora Irlanda, Canadá, Noruega y Suecia, en el cierre de los procesos de adopción en Vietnam, por no poderse garantizar la legalidad de los mismos. Y es que los datos hablan por sí solos. Uno de los orfanatos que recibía fondos de Estados Unidos vio aumentar el número de niños disponibles para la adopción internacional en un 2.000 por ciento en un año y volvió a sus cifras habituales cuando el país decidió interrumpir las adopciones y, por tanto, dejaron de llegar fondos al orfanato.
Según funcionarios de la embajada española en Vietnam, ellos carecen de medios para comprobar que los documentos de los niños son legales y que no han sido obtenidos a través de prácticas fraudulentas. Por su parte, en palabras de funcionarios del organismo vietnamita que tramita las adopciones, el sistema es incapaz de garantizar la adoptabilidad de los menores en todas las etapas por falta de una infraestructura adecuada. Sí puede hacerlo desde que el menor entra en el orfanato, pero no en la etapa anterior, es decir, en la forma en la que el menor llega al orfanato, ya que se han encontrado declaraciones de orfandad fraudulentas, niños que salían del país sin el consentimiento de los padres, etc. En estas condiciones, ¿qué impulsa a la Administración española a embarcarse en la firma de un convenio que abre las expectativas y las ilusiones de muchas familias a las que no se les puede garantizar la transparencia y legalidad del proceso? ¿Qué impulsa a las ECAIs a trabajar en un país, donde la imposibilidad del sistema para garantizar la adaptabilidad de los menores es reconocida por el mismo organismo encargado de velar por la legalidad y transparencia de los procesos de adopción?
Es significativo que sean las propias familias adoptivas a través de CORA (Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento), quienes pidan a las autoridades competentes que se ponga freno a estas situaciones. Reproducimos a continuación el texto remitido a las distintas administraciones del estado.

El papel de las familias
Las familias adoptantes, que somos el último eslabón de la cadena, a veces somos ignorantes de la situación real y caemos con toda ingenuidad en las manos de agencias desaprensivas, que bajo el aspecto de organizaciones humanitarias sin ánimo de lucro, contribuyen a la delincuencia institucional que suponen estas prácticas, conocidas y consentidas tanto por los países de origen, como por los países de destino.
Sin embargo, cada vez se conocen más estas situaciones, tanto por la prensa como en los foros de Internet, por lo cual, nosotros, las familias adoptivas, tenemos la responsabilidad de no contribuir a estos delitos, evitando dirigirnos a países de dudosa legalidad, con procesos poco transparentes y que no hayan firmado el Convenio de La Haya, sólo porque allí los requisitos sean menores y los plazos inexistentes, anteponiendo nuestros deseos de maternidad o paternidad a los deseos y derechos de los niños y de sus familias biológicas.
Cuando estos hechos salen a la luz y perdemos la ingenuidad con que solemos empezar un proceso que para nosotros está lleno de alegría, no podemos permitir que estos delitos queden impunes. No podemos consentir que esta alegría nuestra sea a costa de que más niños y niñas sean robados y nos sean presentados como huérfanos, que mujeres sin recursos sean convertidas en máquinas reproductoras o que la pobreza sea motivo para obligar a las madres a entregar a sus hijos e hijas en contra de su voluntad.
Por otra parte, estos niños y niñas se harán mayores y no les será difícil saber que en sus países de origen, cuando ellos eran pequeños, cientos de madres y de familias humildes fueron engañadas o incluso obligadas con amenazas y promesas falsas a entregar a sus hijos y preguntarán. ¿Cómo se podrán justificar estas cosas? ¿Cómo se les podrá hablar sobre su historia y ayudarles a elaborarla, cuando se teme que descubran elementos turbios en su adopción?